Asesoría integral en contabilidad corporativa, auditoría tributaria, formalización de empresas, actas de asamblea y régimen de Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). Respaldamos su negocio con estricto apego normativo ante la DGII, ONAPI y TSS.
Estructuramos, auditamos y blindamos su empresa con atención directa y personalizada para garantizar orden financiero y tranquilidad ante la administración tributaria.
Asesoría integral para empresas que buscan orden, cumplimiento riguroso y crecimiento patrimonial sólido en sus operaciones comerciales diarias.
Formalización completa y registro corporativo ante todos los organismos correspondientes para que opere con total libertad y respaldo legal.
Diagnóstico exhaustivo del cumplimiento tributario y reducción sistemática de riesgos, multas e inconsistencias fiscales ante la DGII.
Elaboración y legalización de documentos societarios conforme a las exigencias de la Ley General de Sociedades Comerciales 479-08.
Determinación, declaración jurada y blindaje normativo bajo el Título IV del Código Tributario Dominicano (Ley 11-92) para sectores alcanzados por tributación selectiva.
El Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) es uno de los gravámenes más fiscalizados por la DGII. Errores en la base imponible, cálculos imprecisos de grados de alcohol absoluto o retrasos en las declaraciones mensuales generan multas severas y cierres de establecimientos.
Ofrecemos asesoría tributaria técnica para fabricantes, importadores y prestadores de servicios gravados: elaboración del formulario ISC-02, conciliación con el formato 607 y defensa experta ante auditorías fiscales de la DGII.
Solicitar Consultoría en ISCCálculo del monto específico por litro de alcohol absoluto indexado por inflación trimestral según avisos de la DGII, más la tasa ad-valorem del 10%.
Liquidación y control del 10% de ISC sobre la facturación de servicios de telefonía fija, móvil e internet, más el 2% para el CDT (INDOTEL).
Tratamiento tributario sobre primas cobradas en pólizas de seguros generales, gestión de exenciones legales en seguros de vida y conciliación mensual.
Auditoría del impuesto del 0.0015 sobre emisión de cheques y pagos electrónicos bancarios para prevenir retenciones indebidas.
Aplicación de tasas específicas y ad-valorem del 20%, cumplimiento con la plataforma digital de trazabilidad fiscal y sellos de seguridad (TRAFICO).
Liquidación y cumplimiento de la Ley 112-00 y Título IV para distribuidores, importadores y transportistas de combustibles derivados de petróleo.
Seleccione sus requerimientos para estructurar una propuesta preliminar adaptada a las necesidades exactas de su negocio.
Le contactaremos en menos de 2 horas con los requisitos precisos y la cotización formal.
"El éxito de una empresa no solo se mide por cuánto factura, sino por qué tan blindada, ordenada y transparente es su estructura contable y fiscal."
— Cristian Encarnación, CPAComo Contador Público Autorizado (CPA) y Auditor, me dedico a brindar un acompañamiento estratégico que trasciende el registro contable tradicional. Mi enfoque se centra en blindar patrimonios, erradicar contingencias fiscales y dotar a las empresas dominicanas de una base jurídica inquebrantable.
Cada cliente recibe atención personalizada directa, soluciones fundamentadas en la legislación vigente de la República Dominicana y respuestas ágiles ante cualquier requerimiento institucional.
Aclaramos las dudas más habituales sobre formalización, auditoría e impuestos en el país.
Están obligadas las empresas fabricantes o importadoras de bebidas alcohólicas y tabaco, empresas de telecomunicaciones (telefonía fija, móvil e internet), compañías aseguradoras y las entidades financieras que procesan pagos con cheques y transferencias electrónicas bancarias.
El proceso completo suele tomar entre 10 y 15 días laborables. Incluye la aprobación del nombre comercial en ONAPI, la emisión del Registro Mercantil en la Cámara de Comercio y la obtención del RNC y comprobantes fiscales (NCF) ante la DGII.
Una auditoría preventiva permite detectar y corregir inconsistencias entre los formatos de envío (606, 607), declaraciones de ITBIS (IT-1), declaraciones de ISC y renta (IR-2). Corregir preventivamente ahorra hasta un 90% en recargos e intereses indemnizatorios generados por notificaciones oficiales.
La Ley 479-08 exige a las sociedades comerciales conocer y aprobar los estados financieros del ejercicio anterior anualmente. No hacerlo puede bloquear la renovación del Registro Mercantil, impedir gestiones bancarias o financiamientos, y generar contingencias de responsabilidad para los gerentes.
Nos encargamos de toda la gestión contable de su empresa: digitación y conciliación de transacciones, preparación y envío puntual de los formatos 606 y 607, cálculo de nómina y TSS, y presentación de ITBIS. Su empresa cuenta con un departamento contable de nivel CPA sin el alto costo de una nómina fija interna.
Estamos listos para asesorarle con el mayor nivel de discreción y rigor profesional.
Contable Auditor, CPA
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